Según Resolución 001240 del 2022 se modifica el plazo establecido en la Resolución 000164 de 2021, modificada por la Resolución 000037 del 2022, para que los obligados realicen el suministro de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) a través de los sistemas informáticos de la DIAN.
Los nuevos plazos para suministrar información en el RUB son los siguientes:
▪ Personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas al 31 de mayo de 2023, a más tardar el 31 de julio de 2023.
▪ Personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares constituidas, creadas u obligadas a partir del 1 de junio de 2023, a más tardar dentro de los 2 meses siguientes
a la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) o a la inscripción en SIESPJ, y al momento en que se encuentren obligadas por el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 000164 de 2021, proporcionando en todo caso, la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el suministro de la información.
DIEGO HERNÁN CALDERÓN YÉPEZ
Socio